Publicada la convocatoria de subvenciones destinadas a financiar prácticas no laborales en empresas

enero 1, 2020
FEC
El DOE ha publicado hoy la convocatoria de las subvenciones destinadas a financiar la realización las prácticas no laborales en empresas de jóvenes titulados universitarios o con titulación de formación profesional, de grado medio o superior, o títulos oficialmente reconocidos como equivalentes, de acuerdo con las leyes reguladoras del sistema educativo vigente, o de certificado […]

El DOE ha publicado hoy la convocatoria de las subvenciones destinadas a financiar la realización las prácticas no laborales en empresas de jóvenes titulados universitarios o con titulación de formación profesional, de grado medio o superior, o títulos oficialmente reconocidos como equivalentes, de acuerdo con las leyes reguladoras del sistema educativo vigente, o de certificado de profesionalidad.

La convocatoria recoge dos programas:

  • Programa I: Se financian las prácticas no laborales de jóvenes titulados universitarios en despachos profesionales dedicados al desarrollo de una actividad profesional, cuyos titulares, formalicen convenios al efecto con el Servicio Extremeño Público de Empleo (SEXPE) al amparo de alguno de los Convenios Marco suscritos entre el SEXPE y los Colegios Profesionales en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Extremadura, conforme al modelo que se establece en anexo II del Decreto 201/2016, de 14 de diciembre.

  • Programa II: Se financian las prácticas no laborales en empresas, con centros de trabajo en la Comunidad Autónoma de Extremadura, de jóvenes titulados universitarios o con titulación de formación profesional, de grado medio o superior, o títulos oficialmente reconocidos como equivalentes, de acuerdo con las Leyes reguladoras del sistema educativo vigente, o de certificado de profesionalidad, siempre que las empresas hayan formalizado previamente convenio con el SEXPE a estos efectos conforme al modelo establecido en el anexo III Decreto 201/2016, de 14 de diciembre.

    En base a los citados programas, los beneficiarios serán:

  • Programa I: Los/as empresarios/as que desarrollen una actividad profesional en despachos profesionales, entendiendo por actividad profesional, aquella para cuyo desempeño se requiere titulación universitaria oficial o titulación profesional para cuyo ejercicio sea necesario acreditar una titulación universitaria oficial, e inscripción en el correspondiente Colegio.

  • Programa II: Empresas, ya sean personas físicas o jurídicas, asociaciones o entidades sin ánimo de lucro, las comunidades de bienes, las sociedades civiles y las uniones temporales de empresas que, en su condición de empleadoras y cumpliendo los requisitos y condiciones establecidos realicen las prácticas no laborales, en los términos previstos en las bases reguladoras.

    Por su parte, las personas participantes en las prácticas no laborales deberán cumplir los siguientes requisitos:

1.       a) Tener una edad entre 18 y 25 años, ambas inclusive.

2.       b) Estar desempleado e inscrito como demandante de empleo en el Servicio Extremeño Público de Empleo.

3.       c) Poseer la titulación universitaria correspondiente, o en su caso, titulación de formación profesional de grado medio o superior, o títulos oficialmente reconocidos como equivalentes, de acuerdo con las leyes reguladoras del sistema educativo vigente, o de certificado de profesionalidad.

4.       d) No haber tenido una relación laboral u otro tipo de experiencia profesional superior a tres meses en el ejercicio de la profesión correspondiente a su titulación universitaria, no teniéndose en cuenta a estos efectos las prácticas que formen parte de los currículos para la obtención de dicha titulación.

5.       e) Estar empadronado en algún municipio de la Comunidad Autónoma de Extremadura, en la fecha de inicio de las prácticas.

La cuantía total de la convocatoria asciende a un millón de euros.

Los interesados deberán presentar las solicitudes en el plazo de un mes contado a partir de la fecha de inicio de las prácticas no laborales en empresas y, en todo caso, durante el plazo máximo de vigencia de la convocatoria, que finaliza el día 31 de marzo de 2019.

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