Modificación de la Ley de Turismo para intensificar la lucha contra los alojamientos ilegales

enero 1, 2020
FEC
Recoge diversas modificaciones de la regulación del sector turístico con el fin de dotarlo de mayor seguridad jurídica, de facilitar el ejercicio de la actividad por parte de las empresas turísticas y de adaptarlo a la normativa básica estatal de obligado cumplimiento.

El Consejo de Gobierno ha aprobado el proyecto de Ley de modificación de la Ley 2/2011, de 31 de enero, de Desarrollo y Modernización del Turismo de Extremadura, que se remitirá a la Asamblea de Extremadura para su tramitación.

En este texto se abordan diversas modificaciones de la regulación del sector turístico con el fin de dotarlo de mayor seguridad jurídica, de facilitar el ejercicio de la actividad por parte de las empresas turísticas y de adaptarlo a la normativa básica estatal de obligado cumplimiento.

Además, se incluye como un fin básico del proyecto de ley la erradicación de la competencia desleal y la oferta ilegal y clandestina que distorsiona la ordenación turística, causando importantes perjuicios al sector en general.

En este sentido, se incluye la obligación de que las empresas y entidades, turísticas o de cualquier otro tipo, que realicen la publicidad y/o comercialización de actividades y productos turísticos pongan en conocimiento de la Administración Turística competente las empresas cuyos productos o actividades se comercialicen y/o publiciten en las mismas sin que conste el correspondiente número de registro, e igualmente que retiren dicha publicidad cuando la Dirección General competente en materia de turismo se lo requiera.
Por otra parte, se incluye, entre los tipos de empresas turísticas, la categoría de establecimientos singulares, para dar cobertura legal a iniciativas no expresamente reguladas y susceptibles de ser prestadas de forma segura.

En relación con los alojamientos de turismo rural, se introduce una modificación en el sentido de que, a efectos turísticos, se entienden por núcleos rurales las poblaciones de menos de 20.000 habitantes.

El turismo es una actividad económica de primer orden, directamente afectada por los avances y cambios sociales, y por tanto en constante cambio y dinamismo, por lo que su normativa reguladora debe adecuarse a los mismos de forma que contribuya a mejorar la calidad de la prestación del ejercicio de la actividad turística, a satisfacer a un nuevo tipo de persona usuaria de actividades y servicios turísticos mucho más exigente y a la generación de riqueza en la región.

2023 - Copyright, Todos los derechos reservados, Diseñado por Webcafeina con mucho ❤️
linkedin facebook pinterest youtube rss twitter instagram facebook-blank rss-blank linkedin-blank pinterest youtube twitter instagram